Noticias - 17 julio, 2022

Implementación electrónica del documento soporte

Conozca las novedades sobre el documento soporte.

  • Según la resolución 000488 de la DIAN, a partir del 1 de agosto de 2022, es obligatorio emitir el documento soporte de adquisición efectuados a proveedores no obligados a facturar.                                           
  • Este documento tiene que registrar la operación financiera entre el comprador y el proveedor, cumpliendo con los requisitos estipulados por la DIAN.

El documento soporte de adquisición es aquel que debe emitirse cuando un comprador efectúa la adquisición de un bien o servicio y la transacción es realizada con un proveedor que no está obligado a emitir factura de venta o documentación equivalente.

¿Quiénes deben emitir el documento soporte?

De conformidad con el artículo 3 de la resolución 000167, los compradores de bienes o servicios que sean facturadores electrónicos, los contribuyentes de impuesto sobre la renta y complementarios y los responsables de impuesto sobre las ventas (IVA) están obligados a generar el documento soporte de manera electrónica.

El documento soporte justifica las transacciones que ocasiona costos, deducciones o impuestos descontables

Los compradores deben generarlo por cada una de las transacciones que ocasionan costos, deducciones o impuestos descontables, con un identificador electrónico autorizado por la DIAN.

Por otro lado, la DIAN especifica que los compradores no obligados a facturar, que adquieran bienes y servicios a sujetos no obligados a emitir factura o documentación equivalente, deberán seguir emitiendo el documento soporte de manera física.

Es obligatorio emitir el documento soporte a partir de agosto de 2022

Requisitos para su emisión

Debes cumplir con los siguientes requisitos y condiciones para implementar correctamente, la generación y transmisión electrónica del documento soporte:

  • Denominarse específicamente como “Documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar”.
  • Especificar la fecha de la operación, la cual debe concordar con la fecha de generación del documento.
  • Detallar los apellidos y nombres o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicio. Si el vendedor no es un residente fiscal en Colombia, bastará con la identificación del país de origen.
  • Detallar los apellidos y nombres o razón social y NIT del adquiriente de los bienes y/o servicios.
  • Incluir la numeración consecutiva, el rango y la vigencia de la resolución aprobada por la DIAN.
  • Incluir la descripción específica del bien y/o del servicio prestado.
  • Mostrar el valor total de la operación, así como la discriminación del IVA si aplica.
  • La firma digital del emisor al momento de la generación
  • Usar el formato electrónico de generación avalado por la DIAN
  • Debe llevar el código único de la DIAN, CUDS.

El documento soporte tiene como finalidad el registro fiscal de los costos y deducciones de impuestos sobre la renta y los impuestos sobre las ventas IVA, ante la DIAN. De esta forma, se avanza hacia la digitalización y procura quelas empresas lleven un control financiero más riguroso y saludable.

Con nuestro servicio de Facturación Electrónica podrás emitir directamente a la DIAN, cumpliendo todos los requisitos legales establecidos por la ley.

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