Noticias - 16 octubre, 2025
Facturación electrónica en República Dominicana: todo lo que tu empresa debe saber en 2025 y 2026
La facturación electrónica en República Dominicana es una realidad que está transformando la manera en que las empresas documentan sus transacciones. Lo que antes era un proceso manual, lleno de papeles, ahora se está digitalizando bajo un marco legal moderno que busca más transparencia, eficiencia y control fiscal.
Desde la entrada en vigor de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, el país avanza hacia un modelo tributario más ágil y conectado con las tendencias globales.
En este artículo te contamos sobre los fundamentos, beneficios, plazos, obligaciones, recursos necesarios, recomendaciones para que tu empresa encaje el sistema sin tropiezos y cómo Softland puede ayudarte a dar este salto digital.
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¿Qué es la factura electrónica y cómo funciona en República Dominicana?
La factura electrónica es un documento digital que tiene la misma validez legal que una factura impresa. En República Dominicana se conoce oficialmente como Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) y está regulado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
¿Qué es el Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF)?
El Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) es un documento digital que registra hechos económicos (venta, prestación de servicio, entrega en uso) con efectos fiscales. A través de un formato estándar (XML), es emitido, firmado digitalmente, enviado a la autoridad tributaria para validación y luego conserva su valor jurídico, equivalente a una factura en papel. Al ser aprobado, se le asigna un número de seguimiento llamado e-NCF.
El proceso es completamente electrónico: desde la emisión hasta la conservación del comprobante, que debe mantenerse archivado durante 10 años. Este sistema no solo garantiza autenticidad y seguridad, sino que también permite a la DGII supervisar en tiempo real las operaciones comerciales, reduciendo errores y fraudes.
Para que el e-CF sea válido, debe:
- Ser generado en el formato técnico exigido por la DGII (versión oficial del XML).
- Firmarse digitalmente con un certificado reconocido.
- Enviarse a la DGII para validación previa: verifican estructura, catálogos, firma, datos del emisor y receptor.
- Al aprobarse, recibe un número de seguimiento (e-NCF) o identificación que acredita su estatus.
- Ser conservado electrónicamente por diez años como mínimo.
Este mecanismo brinda trazabilidad, autenticidad e integridad al documento, y permite que la DGII supervise en tiempo real la emisión de comprobantes fiscales.

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Beneficios de la facturación electrónica para las empresas
Más allá de ser una obligación, la facturación electrónica representa una oportunidad para que las empresas modernicen su gestión administrativa. Entre sus principales ventajas están:
- Reducción de costos operativos: elimina el gasto de papel, impresión, transporte y archivo físico.
- Automatización y eficiencia: al integrarse con ERP o sistemas contables, los procesos contables y de facturación fluyen de forma automática.
- Mayor control y transparencia fiscal: la DGII puede monitorear en tiempo real la emisión, reduciendo el margen de evasión.
- Mejor experiencia para clientes: acceso inmediato al comprobante digital, formatos amigables, consultas en línea.
- Menor riesgo de sanciones: operar dentro del régimen digital reduce las probabilidades de ser observado o sancionado por incumplimientos fiscales.
- Incentivos fiscales: la normativa permite créditos fiscales para gastos de implementación hasta cierto monto.
- Facilidad en auditorías: contar con toda la factura digital facilita revisiones fiscales y cumplimiento de obligaciones.
En conjunto, la factura electrónica impulsa la modernización operativa y fiscal de la empresa.
Marco legal: la Ley 32-23 y el Decreto 587-24
Ley 32-23: estructura, contenidos y capítulos clave
La Ley 32-23 de Facturación Electrónica, promulgada el 16 de mayo de 2023, es el pilar que sustenta todo el sistema. Esta ley establece la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas para todas las transacciones comerciales, tanto de bienes como de servicios. Su objetivo es modernizar el sistema tributario, mejorar el control fiscal y reducir la evasión.
La norma aplica a personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, abarcando tanto el sector público como el privado. Tiene alrededor de 50 artículos organizados en nueve capítulos. Aquí un resumen de cómo está estructurada:
- Capítulo I (artículos 1-3): disposiciones generales — objeto, alcance, definiciones.
- Capítulo II (4-9): de la factura electrónica — uso obligatorio, validez jurídica, formatos, tipos de e-CF.
- Capítulo III (10-13): sistema fiscal de facturación electrónica — la DGII como administrador, funciones, validación.
- Capítulo IV (14-17): emisores y receptores electrónicos — requisitos, obligaciones, conservación.
- Capítulo V (18-23): proveedores de servicios y factura apócrifa — regulación de PSFE, sanciones por facturas falsas.
- Capítulo VI (24-30): infracciones y sanciones — tipificación de delitos fiscales, penalidades.
- Capítulo VII (31-36): incentivos y facilidades — créditos fiscales para adopción temprana, exenciones de retención para proveedores del Estado.
- Capítulo VIII (37-42): implementación y plazos — calendarios por tipo de contribuyente.
- Capítulo IX (43-50): disposiciones finales y transitorias — vigencia, normativa supletoria, derogaciones.
Decreto 587-24, lineamientos técnicos, operativos y reglas claras
Para hacer efectiva la ley, el Decreto 587-24 define los lineamientos técnicos y operativos del proceso, los roles de los proveedores de servicios de facturación, las modalidades de validación y los plazos de implementación por tipo de contribuyente. Este decreto también establece incentivos tributarios y un calendario de adopción gradual, evitando que las empresas enfrenten una transición abrupta.
Entre sus aportes están la regulación del periodo de voluntariedad, el facturador gratuito, el envío diferido del e-CF, el uso de mecanismos de contingencia y las facilidades para entidades estatales.
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Plazos y calendario de implementación
La implementación de la facturación electrónica en República Dominicana se está realizando por etapas, según el tamaño de la empresa.
- Los grandes contribuyentes nacionales ya completaron su incorporación en 2024.
- Los grandes contribuyentes locales y medianos tenían como fecha límite el 15 de mayo de 2025, pero la DGII otorgó una prórroga de seis meses, extendiendo el plazo hasta el 15 de noviembre de 2025 para aquellos que ya están en proceso de implementación.
- Por último, las pequeñas y microempresas, así como los contribuyentes no clasificados, tienen tiempo hasta el 15 de mayo de 2026 para adaptarse al nuevo sistema.
Este enfoque progresivo permite que cada segmento empresarial tenga el tiempo suficiente para ajustar sus procesos, capacitar a su personal y adoptar una solución tecnológica adecuada.
¿Qué es el certificado digital y por qué es necesario?
Para emitir una factura electrónica válida es obligatorio contar con un certificado digital. Este certificado es emitido por una entidad certificadora reconocida por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) y funciona como una especie de “firma electrónica avanzada” que garantiza la autenticidad del emisor y la integridad del documento.
Sin este certificado, la factura no tiene validez ante la DGII ni puede ser utilizada legalmente. La firma digital reemplaza la firma manuscrita del formato físico, ofreciendo mayor seguridad y trazabilidad. Este requisito está respaldado por la Ley 126-02 de Comercio Electrónico y reforzado por la Ley 32-23.

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Tipos de comprobantes (e-CF) reconocidos por la normativa
La normativa dominicana define varios tipos de comprobantes fiscales electrónicos, cada uno destinado a distintas operaciones. Según la Guía de Facturación Electrónica de la DGII, estos son algunos de los principales:
- Factura de crédito fiscal (código 31).
- Factura de consumo (código 32).
- Nota de débito (código 34).
- Nota de crédito (código 41).
- Comprobante de compras (código 43).
- Comprobante para gastos menores (código 44).
- Comprobante para regímenes especiales (45).
- Comprobante gubernamental (46).
- Comprobante para exportación (47).
- Comprobante para pagos al exterior.
El esquema numérico (serie E + tipo + secuencial de hasta 10 dígitos) caracteriza al e-NCF, que es el número identificador oficial.
Cada tipo de comprobante tiene reglas de uso específicas (qué operaciones admite, limitaciones, obligaciones del receptor, etc.).
Requisitos y pasos para convertirse en emisor de e-CF
Para convertirse en emisor de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), la empresa debe estar inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y tener sus obligaciones tributarias al día.
Luego debe solicitar a la DGII la autorización como emisor electrónico, completar el proceso de certificación técnica y disponer de un software de facturación que cumpla con los estándares establecidos. Además, debe obtener su certificado digital y realizar pruebas de conexión con la plataforma de la DGII antes de comenzar a emitir facturas de manera oficial.
Una vez aprobado, el contribuyente podrá generar, validar y conservar electrónicamente sus e-CF dentro de los plazos legales.
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¿Qué ocurre si no se cumple el plazo para la facturación electrónica en República Dominicana?
El incumplimiento trae varias consecuencias:
- Los comprobantes emitidos sin autorización serán considerados vencidos por la DGII, lo que significa que los clientes no podrán deducir esos gastos o costos.
- La DGII podría imponer sanciones, multas o restricciones tributarias.
- Se reduce la certidumbre legal de tus operaciones frente a terceros.
- Podrías quedar fuera de incentivos fiscales vinculados a la adopción temprana.
Por eso es vital asegurar que el proceso esté en curso con tiempo antes de las fechas límite.
Recomendaciones prácticas para empresas que migran a facturación electrónica
Te entregamos algunas recomendaciones para que estés preparado al momento de realizar tu adaptación a la facturación electrónica en República Dominicana:
- Realiza un diagnóstico temprano del estado actual de tu facturación y sistemas contables.
- Define un cronograma interno que permita cumplir con la certificación antes del plazo.
- Elige un software homologado que cumpla con los requisitos técnicos de la DGII.
- Realiza pruebas piloto para emitir e-CF y verificar la conexión con la DGII.
- Capacita al equipo contable y administrativo en el uso de e-CF, firmas digitales y mecanismos de contingencia.
- Establece un plan de respaldo para casos de contingencia (fallas de conexión, interrupciones).
- Monitorea los avisos oficiales de la DGII, ya que pueden salir nuevos reglamentos o ajustes técnicos.
- Documenta todos los gastos e inversiones vinculadas a la implementación para reclamar el crédito fiscal permitido por la ley.

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Preguntas frecuentes sobre la facturación electrónica en República Dominicana
¿Qué empresas están obligadas a usar la facturación electrónica en República Dominicana?
Todas las empresas y personas físicas con actividad comercial deberán adoptar la facturación electrónica según el calendario establecido por la DGII, empezando por los grandes contribuyentes y continuando con medianas y pequeñas empresas hasta mayo de 2026.
¿Cómo se obtiene el certificado digital para emitir facturas electrónicas?
El certificado digital debe solicitarse a una entidad certificadora autorizada por el INDOTEL. Este documento permite firmar electrónicamente las facturas y garantizar su autenticidad.
¿Qué pasa si no emito facturas electrónicas dentro del plazo establecido?
Las facturas emitidas fuera del sistema electrónico no tendrán validez fiscal y la empresa puede recibir sanciones de la DGII. Además, no podrán usarse como comprobantes deducibles en las declaraciones de impuestos.
¿Cuáles son los beneficios de usar facturación electrónica?
Entre los beneficios destacan el ahorro de tiempo y costos, la reducción del uso de papel, la automatización de procesos contables y el cumplimiento automático con la DGII. También facilita auditorías y reportes financieros.
¿Cómo saber si mi empresa ya está lista para emitir facturas electrónicas?
Puedes verificarlo revisando si tu software de facturación está homologado por la DGII, si cuentas con un certificado digital válido y si tu empresa ya completó las pruebas de conexión con el sistema de validación de e-CF.
¿Cuál es la diferencia entre un NCF y un e-CF?
El NCF es el Número de Comprobante Fiscal tradicional en formato físico, mientras que el e-CF es su versión electrónica, que se emite, firma y valida digitalmente ante la DGII.
¿Cuánto cuesta implementar la facturación electrónica?
El costo depende del tamaño de la empresa y del sistema que utilice. Algunas soluciones ERP como Softland ya incluyen módulos de facturación electrónica, lo que reduce costos y facilita la implementación.
Softland: tu aliado en la transformación digital
En Softland, acompañamos a las empresas en su proceso de digitalización y cumplimiento tributario. Nuestro software ERP integra módulos de facturación electrónica, contabilidad, nómina y recursos humanos, diseñados específicamente para adaptarse a las regulaciones de la DGII y facilitar la gestión empresarial.
Con Softland, tu empresa puede emitir y validar comprobantes fiscales electrónicos de forma automática, mantener el control de todas las operaciones y conservar la información bajo los estándares de seguridad requeridos. Además, nuestras soluciones están preparadas para crecer contigo y adaptarse a futuras actualizaciones normativas.
La facturación electrónica en República Dominicana no solo es un requisito legal, sino una oportunidad para modernizar tu empresa. Con Softland, puedes dar este paso con confianza, cumpliendo la ley y aprovechando los beneficios de la transformación digital. ¡Contáctanos y obtén una asesoría gratuita!