Noticias - 26 junio, 2025
Régimen de Pequeño Contribuyente en Guatemala en 2025
El pasado 9 de abril entró en vigor el Decreto 31-2024, el cual tiene influencia en algunas actualizaciones relacionadas con el Régimen de Pequeño Contribuyente en Guatemala para este 2025.
Vale la pena recordar que el Régimen de Pequeño Contribuyente es una alternativa pensada para facilitar el cumplimiento tributario de personas con ingresos moderados, emprendedores, profesionales independientes y pequeños negocios.
En este artículo te contamos qué es y cómo funciona este régimen, cuáles fueron las modificaciones más recientes y cómo puedes acogerte a esta nueva normatividad.
¿Qué es y cómo funciona el Régimen de Pequeño Contribuyente?
El régimen de pequeño contribuyente en Guatemala es un sistema tributario especial y simplificado ofrecido por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) diseñado para pequeños negocios, emprendedores y profesionales independientes con ingresos limitados.
Por medio de este régimen, los contribuyentes pueden pagar sus impuestos de manera más sencilla, sin llevar contabilidad formal ni presentar declaraciones complejas. Esto resulta muy atractivo para quienes inician negocios o prestan servicios sin una estructura empresarial compleja.
Este sistema está pensado para promover la formalización económica, reducir la evasión y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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Principales cambios en el 2025
Con la implementación del Decreto 31-2024, el régimen de pequeño contribuyente en Guatemala ha sido objeto de reformas estructurales. Las principales modificaciones a tener en cuenta son:
- Aumento en el límite de ingresos anuales: A partir del 9 de abril de 2025 el umbral máximo de ingresos anuales para mantenerse en este régimen se elevó a Q456,381.25. Este monto equivale a 125 salarios mínimos no agrícolas y permite que más contribuyentes se beneficien de este régimen simplificado.
- Geolocalización obligatoria: La SAT podrá solicitar la ubicación geográfica del contribuyente como parte de sus mecanismos de control y fiscalización.
- Afiliación al Registro Tributario Unificado (RTU): Todos los pequeños contribuyentes deben estar registrados en el RTU y mantener sus datos actualizados.
- Afiliación al sistema de factura electrónica (FEL): El uso de facturación electrónica es obligatorio para quienes pertenecen a este régimen.
- Integración del sector productivo primario: Actividades agrícolas, pecuarias, apícolas y de artesanía fueron incorporadas dentro del régimen, ampliando el espectro de beneficiarios.
Ventajas y beneficios del Régimen de Pequeño Contribuyente
Pertenecer al Régimen de Pequeño Contribuyente en Guatemala posibilita algunas ventajas para los emprendedores, estas son:
- Simplicidad para cumplir las obligaciones tributarias: No es necesario contratar contadores, ni presentar libros contables complejos.
- Carga tributaria baja: Solo se aplica un 5% de IVA sobre los ingresos mensuales.
- Exoneración del ISR: Para este régimen no se exige presentar declaración del Impuesto Sobre la Renta.
- Facilidad de inscripción: El proceso puede realizarse a través de la Agencia Virtual de la SAT.
- Formalización como pequeño contribuyente: Al acreditarse como pequeño contribuyente en Guatemala y cumplir con la normatividad se permite acceder a beneficios bancarios y licitaciones públicas.

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¿Quiénes pueden aplicar y cuáles son los requisitos?
Este régimen está enfocado a personas individuales o jurídicas con ingresos anuales por debajo del límite establecido el cual, a partir del 9 de abril de 2025, es de Q465,381.25, equivalente a 125 salarios mínimos mensuales del sector no agrícola.
Si el contribuyente supera el valor de ingresos anteriormente mencionado deberá migrar al Régimen General del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el mes siguiente al que se exceda en el monto. En caso de no hacerlo de manera voluntaria, la SAT realizará el cambio de oficio de manera automática.
Finalmente, los requisitos y documentos para hacer parte del Régimen de Pequeño Contribuyente en Guatemala son:
- Documento de identidad (DPI o pasaporte).
- Comprobante de domicilio fiscal más reciente.
- Tener el registro actualizado en el RTU.
- Contar con afiliación al Régimen FEL (Fàctura Electrónica en Línea).
- Libro electrónico de compras y ventas habilitado.
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